Deudor que vende inmueble donde vivía no comete fraude al acreedor. Entienda el caso.

11 de December de 2024, às 22:25 Alcemir Junior
La venta del inmueble utilizado como vivienda por el deudor, durante un procedimiento judicial, no constituye fraude, ya que se mantiene su inembargabilidad. Esto significa que el inmueble queda fuera del alcance del acreedor y, por tanto, protegido de la ejecución.

En la práctica, nos surgen algunas dudas:

Si se deposita el producto de la venta, ¿también estará protegido por la impenetrabilidad?

Y si se destina a la compra de otro inmueble? Continúa la protección?

Y si el producto se utiliza para comprar otro inmueble, ¿sigue vigente la impenetrabilidad?

Sentencia en juicio de AgInt en AREsp 2.174.427-RJ.

Para saber más sobre este tema, consulte a un bufete de abogados especializado.