Programa de Alimentación para los Trabajadores (PAT): ¿Es ilegal restringir la deducción del PAT?

11 de December de 2024, às 22:26 Alcemir Junior
El STJ, al analizar el art. 186 del Decreto nº 10.854/2021, sostuvo que es ilegal la deducción de valores pagados en concepto de alimentos, limitada al monto máximo de 01 un salario mínimo.




Según el Tribunal, estas limitaciones a las deducciones no están expresamente previstas en las leyes que crearon el Programa de Alimentación (PAT) y no pueden ser establecidas por decreto reglamentario, aunque las leyes reglamentadas contengan una cláusula de regulación general.



Por lo tanto, el Programa de Alimentación de los Trabajadores - PAT - no debe tener su deducción restringida

al límite de un salario mínimo para trabajadores que ganen hasta cinco salarios mínimos.



¡Mantente al día para evitar multas!