La ley de Paraíba regula la entrega en los apartamentos: Los consumidores no pueden exigir ir hasta la puerta.

11 de December de 2024, às 22:26 Alcemir Junior
El martes 5 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado de Paraíba publicó la Ley nº 12.939/23, que trae consigo importantes regulaciones para el servicio de entrega a pisos en condominios verticales. La principal novedad de esta legislación es la prohibición, en determinadas circunstancias, de que los consumidores exijan que los repartidores suban a la puerta del piso. Exploremos los principales puntos de esta ley y sus implicaciones.



El quid de la legislación reside en el artículo 2, que prohíbe explícitamente a los consumidores exigir que los repartidores de app suban a la puerta del piso o entren en los espacios comunes de los condominios verticales. Según la ley, los paquetes, si ya están pagados, deben entregarse exclusivamente en la conserjería del condominio.



Para garantizar la difusión de la nueva normativa, el artículo 3 establece que las plataformas de reparto deberán avisar de forma fija y explícita, a través de la app, de que los mensajeros no estarán obligados a subir sus precios. El objetivo de esta medida es orientar y aclarar a los consumidores, evitando conflictos innecesarios.



Si los consumidores quieren que el repartidor se acerque a su puerta, deben pedírselo con una propina. Sólo si el repartidor acepta la propina estará obligado a subir, proporcionando un enfoque flexible que tiene en cuenta las preferencias de los usuarios.



El legislador también ha contemplado casos especiales en el artículo 4. En situaciones de consumidores con movilidad reducida o necesidades especiales, se permite al repartidor decidir si entra o no en el condominio para entregar el producto. En caso contrario, la responsabilidad recae en la comunidad de propietarios, que deberá poner a su disposición un empleado propio para realizar la entrega.



La Ley N º 12.939/23 en Paraíba trae innovaciones significativas en el escenario de las entregas en condominios verticales, equilibrando los derechos de los consumidores con la logística operativa de las empresas de entrega. El enfoque flexible, combinado con notificaciones claras, busca minimizar los conflictos y proporcionar un servicio eficiente y satisfactorio para todas las partes implicadas. Ahora queda por ver cómo se aplicará esta legislación en la práctica y qué impacto tendrá en el sector del reparto en el Estado.